El comunicado de la Comisión Directiva de Asocaicón de Clubes (ADC) dirigido a las entidades afiliadas establece lo siguiente respecto a la participación de jugadoras trans en la Liga Femenina:

Buenos Aires, septiembre de 2026
A las entidades afiliadas
S / D
Ref.: Liga Femenina — participación de jugadoras trans. Marco legal y comienzo del torneo.
De nuestra mayor consideración:
En la reunión de la Categoría celebrada el pasado 7 de septiembre del corriente se resolvió no permitir la participación de jugadoras trans en la presente temporada. Frente a esa decisión, y en forma previa al llamado a Asamblea, esta Comisión Directiva sometió la resolución al análisis de la asesoría legal. Teniendo en cuenta el próximo comienzo del torneo de la Liga Femenina, corresponde transmitir a las afiliadas, con claridad, las conclusiones de ese análisis, cuyo dictamen completo queda a disposición.
1. El marco legal. En la Argentina rigen la Ley 26.743 de Identidad de Género y la Ley 23.592 contra los actos discriminatorios: una jugadora con identidad de género femenina reconocida es, para todo el derecho argentino, una mujer. Una decisión que le impida jugar por su condición de trans sería nula y expondría a la Asociación y a sus dirigentes, a título personal, a amparos inmediatos, multas, indemnizaciones y sanciones. La justicia argentina ya lo resolvió así en el deporte, y el hockey y el fútbol encauzaron la cuestión mediante procedimientos de inclusión. El Estatuto de la Confederación Argentina de Básquetbol, obligatorio para todo el básquetbol nacional, prohíbe además en su art. 5 toda discriminación por razón de género.
2. Conclusión y torneo. En consecuencia, la resolución adoptada en la reunión de la Categoría no puede ser instrumentada ni incorporada a la reglamentación del torneo, y así lo hace saber esta Comisión Directiva en forma previa al llamado a Asamblea. La competencia comenzará con total normalidad y se disputará con la reglamentación aprobada por la Asamblea deportiva, en la que no se aplicó restricción alguna en esta materia: todas las jugadoras contratadas por los clubes participarán y los contratos en curso quedan preservados. Toda cuestión de aplicación se rige por la confidencialidad y el trato digno, sin exposición de persona alguna.
3. Seguimiento. La Asociación coordinará con la Confederación el seguimiento de la cuestión y someterá a la Asamblea cualquier eventual adecuación reglamentaria que corresponda dentro del marco legal vigente. Solicitamos canalizar toda consulta a través de la Asociación y abstenerse de decisiones o comunicaciones unilaterales.
Sin otro particular, saludamos a ustedes con distinguida consideración.

